Apelaciones
La siguiente información lo ayudará con las pautas generales sobre los procedimientos de apelación.La información en esta página no tiene la intención de ser de naturaleza exhaustiva, sino de actuar como una descripción general. Se recomienda leer detenidamente el Reglamento Procesal de California, las reglas 8.702 a 8.709 y las reglas 8.780 a 8.793. Los secretarios del tribunal no pueden ayudarlo. Debe dirigir cualquier pregunta que tenga a un abogado de su elección. La Corte Superior de Colusa forma parte del Tribunal de Apelaciones del 3.er Distrito.
Apelaciones civiles
Civil limitada
Una apelación civil limitada (para disputas que involucren $25,000 o menos, incluidas las ocupaciones ilegales), debe presentar su aviso de apelación en un plazo de 30 días. El período comienza después de que el secretario del tribunal de primera instancia envía por correo o una de las partes entrega un documento llamado "Notificación de registro" del fallo del tribunal de primera instancia o una copia sellada del expediente del fallo, o dentro de los 90 días posteriores al registro del fallo, lo que ocurra primero. Esta fecha limite no puede extenderse.
Para obtener información sobre cómo presentar una apelación en un caso civil limitado, revise el formulario del Consejo Judicial APP-101-INFO Information on Appeal Procedures for Limited Civil Appeals (Información sobre procedimientos de apelación en casos civiles limitados [APP-101-INFO]). Si su aviso de apelación se retrasa, la división de apelaciones no podrá considerar su apelación. Puede utilizar el
formulario del Consejo Judicial APP-102 Notice of Appeal/Cross-Appeal (Limited Civil Case) (Aviso de apelación/contraapelación [caso civil limitado] [APP-102]) para presentar su apelación. Presente su apelación en la Oficina del secretario, 532 Oak Street, Colusa, CA 95932.
El Reglamento Procesal de California, Reglas 8.821 a 8.843 y 8.880 a 8.891, establece las reglas que rigen los procedimientos para apelaciones civiles limitadas.
Civil ilimitado
Las apelaciones civiles ilimitadas (disputas que involucran más de $25,000, incluidas las ocupaciones ilegales, sucesiones testamentarias, derecho familiar y adopciones) deben presentarse en un plazo de 60 días. El período comienza después de que el secretario de la corte superior envía por correo a la parte que presenta la apelación un aviso de registro del fallo o una copia sellada del expediente del fallo, que indica la fecha en la que se envió por correo; 60 días después de que el apelante notifica o una parte le notifica con un aviso del registro del fallo o una copia sellada del expediente del fallo, junto con una prueba de entrega; o 180 días después del registro del fallo.
Para obtener información sobre cómo presentar una apelación en un caso civil ilimitado, consulte el formulario del Consejo Judicial APP-001 Information on Appeal Procedures for Unlimited Civil Cases (Información sobre procedimientos de apelación para casos civiles ilimitados [APP-001]). Si su aviso de apelación se presenta tarde, su apelación será desestimada. Puede utilizar el
formulario del Consejo Judicial APP-002 Notice of Appeal/Cross-Appeal (Unimited Civil Case) (Aviso de apelación/contraapelación [caso civil ilimitado] [APP-002]) para presentar su apelación. Presente su apelación en la Oficina del secretario, 532 Oak Street, Colusa, CA 95932.
El Reglamento Procesal de California, Reglas 8.100 a 8.278, establece las reglas que rigen los procedimientos para apelaciones civiles ilimitadas.
Para obtener más información sobre el proceso de apelación civil, visite Self-Help Appeals (autoayuda para apelaciones).
Reclamos menores
Cuando apela un fallo de reclamos menores, usted le pide a la corte superior que cambie la decisión del juez del tribunal de reclamos menores. Tendrá otra audiencia en el tribunal y deberá presentar su caso nuevamente. Una apelación de reclamos menores es un "juicio de novo" o "nuevo juicio". Esto significa que el caso lo decide un juez nuevo desde el principio, por lo que debe presentar su caso nuevamente.
Ver más información sobre el proceso de apelación de reclamos menores.
Observaciones: La presentación de una apelación NO pospone el pago de su multa o cualquier otra condición del fallo. Si la multa no se paga en la fecha especificada o si no se cumple alguna condición ordenada por el tribunal, se puede emitir una orden de arresto o se puede iniciar un proceso de cobranza civil en su contra. (Código penal, sección 1467.)
Apelaciones penales
Naturaleza de una apelación
Una parte puede apelar una decisión desfavorable tomada en el tribunal de primera instancia ante la división de apelaciones de la Corte Superior. La apelación debe dirigirse únicamente a errores de hecho. Una apelación no es un nuevo juicio y no se le permitirá presentar pruebas nuevas.
Tránsito
Las apelaciones por infracciones de tránsito se presentan dentro de los 30 días posteriores a la imposición de la sentencia por parte del juez. Presente su apelación en la Oficina del secretario, 532 Oak Street, Colusa, CA 95932.
El Reglamento Procesal de California, Reglas 8.900 a 8.929, establece las reglas que rigen los procedimientos para los casos de infracciones.
Formularios:
A continuación se encuentran los formularios del Consejo Judicial para infracciones. Estos formularios están disponibles en línea o se pueden obtener en la División de Tránsito/Procesamiento Penal.
- Information on Appeal Procedures CR-141-INFO (Información sobre los procedimientos de apelación [CR-141 INFO])
- Notice of Appeal and Record of Oral Proceedings CR-142 (Aviso de apelación y registros de actuaciones orales [CR-142 INFO])
- Proposed Statement on Appeal CR-143 (Declaración propuesta de apelación [CR-143 INFO])
- Order Concerning Appellant’s Proposed Statement on Appeal CR-144 (Orden sobre la Declaración propuesta de apelación del apelante [CR-144])
- Abandonment of Appeal CR-145 (Abandono de apelación [CR-145])
Vea más información sobre el proceso de apelación de tránsito.
Delitos menores
Para obtener información sobre cómo presentar una apelación en un caso de delito menor, revise el formulario del Consejo Judicial Information on Appeal Procedures for Misdemeanors CR-131-INFO (Información sobre procedimientos de apelación de delitos menores [CR-131-INFO]). Las apelaciones por delitos menores deben presentarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha en la que el tribunal de primera instancia dicta su fallo final o emite la orden que usted está apelando. Puede utilizar el Formulario del Consejo Judicial CR-132 Notice of Appeal (Aviso de apelación [CR-132]) para presentar su apelación. Presente su apelación en la Oficina del secretario, 532 Oak Street, Colusa, CA 95932.E
l Reglamento Procesal de California, Reglas 8.800 a 8.816 y 8.850 a 8.890, establece las reglas que rigen los procedimientos para apelaciones de delitos menores.
- Información sobre procedimientos de apelación para delitos menores CR-131-INFO
- Aviso de apelación CR-132
- Request for Court-Appointed Lawyer in Misdemeanor Appeal CR-133 (Solicitud de abogado designado por el tribunal en apelación por delitos menores [CR-133])
- Notice Regarding Record of Oral Proceedings CR-134 (Aviso sobre el expediente de los procedimientos orales [CR-134])
- Proposed Statement on Appeal CR-135 (Declaración propuesta sobre la apelación [CR-135])
- Order Concerning Appellant’s Proposed Statement on Appeal CR-136 (Orden sobre la declaración propuesta del apelante sobre apelación [CR-136])
- Abandonment on Appeal CR-137 (Abandono de la apelación [CR-137])
Delito mayor
Debe presentar su notificación de apelación dentro de los 60 días posteriores a que se haya emitido el fallo o se haya dictado la orden que se está apelando.
Cronograma para la apelación:
Para obtener información sobre cómo presentar una apelación en un caso de delito mayor, consulte con su abogado. Las apelaciones por delitos mayores deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en la que el tribunal de primera instancia dicta su fallo final o emite la orden que usted está apelando. Puede utilizar el formulario del
Consejo Judicial CR-120 Notice of Appeal-Felony (Aviso de apelación para delito mayor [CR-120])para presentar su apelación. Presente su apelación en la Oficina del secretario, 532 Oak Street, Colusa, CA 95932.
El Reglamento Procesal de California, Reglas 8.240 a 8.272 y 8.300 a 8.368, establece las reglas que rigen los procedimientos para las apelaciones por delitos mayores.
Formularios: